NOTICIAS 29 DE SEPTIEMBRE DE 2011

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Boletín de prensa 29 de septiembre de 2011

 

EL TIEMPO

 

 

SALARIO MÍNIMO DEBE AUMENTAR AL RITMO DE LA ECONOMÍA: SIMÓN GAVIRIA

 

El Presidente de la Cámara dijo que el incremento no puede seguirse dando con base en la inflación.

El presidente de la Cámara, Simón Gaviria, les hizo un llamado a los industriales y al Gobierno para que el salario mínimo se incremente con base en el crecimiento económico y no con relación a la inflación.

Gaviria explicó que la intención es que "los colombianos sientan en sus bolsillos" que la economía del país está creciendo, ya que "llevamos muchos años de austeridad".

El Gobierno ha proyectado un incremento económico superior al 5 por ciento, base sobre la cual se debería aumentar el salario mínimo a juicio de Simón Gaviria, mientras que la inflación se estima llegará al 4 por ciento.

La propuesta ya se la planteó directamente al presidente Juan Manuel Santos, a quien le advirtió que "es más justo que el incremente se dé por encima de la inflación y sea algo acorde con el incremento económico".

De otro lado, Simón Gaviria anunció que todo el articulado de la ley de insolvencia para personas naturales se incluirá en el Código General del Proceso, iniciativa del Gobierno que ya pasa a segundo debate en la plenaria de la Cámara.

Esta postura la respaldó el viceministro de Justicia, Pablo Felipe Robledo, quien afirmó que "esperamos que en el mes de diciembre esté el Código General del Proceso, incluido el tema de la insolvencia".

Gaviria y Robledo recordaron que fue la misma corte constitucional la que le hizo un llamado al Congreso para legislar en materia de insolvencia para personas naturales, por lo cual incluirán el tema en un proyecto del Gobierno para darle celeridad en su trámite.

 

REFERENDO CONTRA VIOLADORES NO SE PODRÍA CONVOCAR DIRECTAMENTE: CNE

 

El Consejo Nacional Electoral (CNE) conceptuó que, según la ley, este camino no es posible.

Los promotores del referendo que busca reformar la Constitución para que haya cadena perpetua para quienes violen menores de 14 años, se estarían enfrentando a un nuevo obstáculo.

El presidente del Consejo Electoral, Joaquín José Vives, reveló hoy que la sala plena del CNE conceptuó que esta consulta no se puede llevar a las urnas directamente, como lo han venido planteando los impulsores de la iniciativa.

"No se puede hacer el referendo de cadena perpetua para violadores. El Consejo Electoral estima que solo por una ley aprobada por el Congreso puede hacerse un referendo constitucional", dijo Vives en un foro sobre las elecciones de octubre, que se lleva a cabo en el Hotel AR Salitre, en Bogotá.

 

Luego del hundimiento en el Congreso del proyecto de ley que convocaba a este referendo, los promotores de la iniciativa le pidieron al Registrador Nacional que les informara cuántas firmas más necesitaban recolectar, para convocar un referendo que aprobara la ley ordinaria que permitiría la enmienda constitucional.

El registrador Nacional, Carlos Ariel Sánchez, consultó al CNE sobre la viabilidad de esta posibilidad, la cual fue negada por el tribunal electoral.

En todo caso, el concepto del Consejo Electoral no es de obligatorio cumplimiento para el Registrador.

 

EL ESPECTADOR

 

GOBIERNO YA TIENE DECRETO REGLAMENTARIO

 

Acción Social y el Ministerio de Justicia ya tienen listo el borrador del decreto que reglamentará la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras —ley 1448 de 2011—.

Es un documento de 113 páginas que determina cómo debe llevarse a cabo el Plan Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, con el fin de materializar el acceso de éstas a los derechos a la verdad, justicia y reparación.

Del decreto se desprende que todas las acciones que el Estado emprenda para reparar a las víctimas de la violencia tendrán un enfoque humanitario, por lo que serán acciones solidarias y no implicarán responsabilidad alguna en los actos delictivos por parte del Estado.

También queda plasmada la obligación de que todas las entidades estatales, a nivel nacional y regional, tendrán que trabajar en armonía y corresponsabilidad, lo que les exige compartir información y coordinar actividades conjuntas. Además, las entidades más pequeñas deberán ser subsidiadas por las más desarrolladas.

A su vez, el documento define los términos y acciones que quedaron plasmados en la ley. Por reparación simbólica entiende las acciones encaminadas a recuperar la memoria histórica y la dignidad de las víctimas a través de actos de repercusión pública. Se define desplazamiento masivo como el desalojo de más de 10 familias o de más de 50 personas. Y la prevención se contempla en tres niveles: temprana, urgente y garantía de no repetición.

De la misma forma el texto explica que las víctimas de desplazamiento forzado tendrán derecho al retorno a los lugares de donde fueron sacadas o a ser reubicadas en otras zonas. También incluye el compromiso del Estado para generar medidas de protección a los sujetos beneficiarios de la ley, mediante planes de contingencia y mapas de riesgo.

El Registro Único de Víctimas incluirá a miembros de la fuerza pública que hayan sufrido las consecuencias del conflicto armado y que tendrán acceso a las medidas de satisfacción y las garantías de no repetición, ya que la indemnización económica será conforme a su régimen especial.

La entidad encargada del registro de las víctimas será la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. El registro se hará de manera gratuita y mediante un formato único. El Estado está en la obligación de investigar la veracidad de los hechos declarados por la víctima y las causales para negar el registro son: que lo hechos no sean producto del conflicto armado o que se considere que el declarante está faltando a la verdad sobre los hechos victimizantes.

Con este decreto el Gobierno empieza a prepararse para la implementación de una de las leyes más polémicas y sonadas de la historia reciente del país: la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.

 

EL NUEVO SIGLO

 

APROBADA REVISIÓN DE NOMBRAMIENTO DE EMBAJADORES

 

Fue aprobado por la Comisión Primera, un proyecto de acto legislativo, encaminado a hacer conocer y someter a evaluación de la Cámara de Representantes los nombramientos de los embajadores y cónsules ante los gobiernos extranjeros.

 

La iniciativa del representante Augusto Posada, busca aumentar, profundizar y fortalecer el control político de la Cámara, a través de la Comisión Segunda, reglamentando legalmente sus funciones en materia de relaciones diplomáticas y consulares.

La propuesta reforma los artículos 178 y 189 de la Constitución Política al darle también a la Cámara de Representantes la función de emitir un concepto no vinculante de nombramientos de estos funcionarios hechos por el Presidente de la República.

Según el autor del proyecto, “no se pretende alterar el sistema político de Colombia, la forma de gobierno, ni instaurar un sistema de gobierno parlamentario”.

 

REGISTRADURÍA ACABARÍA CON INSCRIPCIÓN DE CÉDULAS

 

Ante el Congreso se radicó la propuesta que modifica el código electoral y acaba con la inscripción anual de cédulas. Con esto se evitarían delitos electorales.

El Registrador Carlos Ariel Sánchez Torres, anunció que el proyecto recoge la propuesta presentada por la Registraduría Nacional, consistente en eliminar el proceso de inscripción de cédulas previo a cada elección y en su reemplazo crear el Registro Electoral, que se adelantará de manera permanente en todas las Registradurías del país.

 “El objetivo de nuestra propuesta es combatir las mafias electorales entronizadas en el poder, que con fines económicos organizan fraudes estructurales como la trashumancia”, explicó el Registrador Nacional Sánchez en un anuncio que hizo durante el Foro “Jornada Electoral”, que hace parte del ciclo de 5 foros “Por una Colombia bien gobernada”.

 “En cualquier momento y de manera oficiosa, cualquier ciudadano podrá ir a la Registraduría e informar que cambió su domicilio y que por lo tanto a partir de la fecha desea seguir sufragando en determinado puesto de votación”, explicó Sánchez.

Este Registro Electoral se adelantará de manera permanente, durante todas las épocas, y no sólo durante unos pocos días, previo a cada elección, como ocurre hoy. “El Registro se cerrará 6 meses antes de cada elección para poder organizar las elecciones e investigar con tiempo posibles casos de trashumancia. Pero ya no será una inscripción de cédulas como la que se hace ahora, que se adelanta durante muy pocos días por falta de presupuesto”, agregó el Registrador Nacional.

Señaló que el objetivo de la medida es “combatir las mafias electorales entronizadas en el poder, que con fines económicos organizan fraudes estructurales como la trashumancia. El trasteo de votantes se volvió un fraude estructural, ligado al poder de grupos políticos o económicos enquistados en algunas alcaldías que impiden que durante las elecciones se pueda dar una rotación en el poder”, terminó.

 

PROPONDREMOS CONSERVAR EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA: GARCÍA

 

Uno de los ponentes de la Reforma judicial, afirma que aún están buscando consensos en temas como el órgano de cierre de tutelas contra sentencias judiciales.

La ponencia del proyecto de Reforma a la Justicia no incluirá la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura, pero sí su reingeniería, le dijo a EL NUEVO SIGLO uno de los ponentes de la iniciativa, el senador Jesús Ignacio García.

 

EL NUEVO SIGLO: ¿Qué temas de la Reforma a la Justicia ha abordado la Comisión de ponentes de esa iniciativa?

JESÚS IGNACIO GARCÍA: Ya mirados los diferentes temas, en la mayoría de ellos hay puntos de aproximación. Aquel en el que encontramos mayor dificultad es en lo relacionado con la tutela contra sentencias judiciales, y más específicamente en la decisión de quién debe ser el órgano de cierre en materia de conocimiento de las tutelas sobre derechos fundamentales, porque mientras el Gobierno plantea que sea la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado sostienen la tesis de que ellos, como órganos de cierre, deben también conocer de las tutelas, y una vez ellos se pronuncien, ya no habría que acudir a ninguna otra autoridad judicial. Ese es un tema en el cual esperamos continuar oyendo tanto a las Cortes como al Gobierno, con objeto de tomar una determinación.

 

 

 

En segundo lugar hay otra cuestión que es bastante controversial, y es la relacionada con otorgarle funciones jurisdiccionales a funcionarios administrativos y a los abogados. Allí también hay una divergencia, pero estamos explorando fórmulas de aproximación en esta materia, viendo a ver si es posible que haya algunos asuntos que puedan pasarse a conocimiento de notarios o de otros funcionarios judiciales.

 ENS: ¿Qué han discutido sobre la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura, tal como lo propone el Gobierno?

JIG: De los diálogos que se han tenido con el Gobierno, se ha llegado a la conclusión de que el Consejo Superior de la Judicatura lo que requiere es una gran reingeniería y que de todas maneras hay que conservarlo como una expresión de un órgano que garantiza la autonomía de la Rama Jurisdiccional, como por ejemplo, en su función disciplinaria.

 ENS: ¿Qué proyectos serán acumulados con las dos iniciativas de reforma judicial?

JIG: Había tres, uno que presentó el senador Corzo, que fue retirado; hay otro que radicó el senador Parmenio Cuellar y otro presentado por la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes (sic). El proyecto del senador Cuellar tiende a establecer desde la Constitución, que el Estado colombiano debe formular una política criminal, que sea rectora de la legislación, sobre todo en materia penal, y lo que se quiere es que haya unas líneas de política criminal, que sean orientadoras de la actividad que debe cumplir el Legislativo. Y el proyecto de la Comisión de Acusaciones lo que pretende es reformar esa Comisión, y hay un propuesta que ha lanzado el presidente de la Cámara, en el sentido de que se elimine la Comisión y que se cree otra integrada por personas de muy altas calidades, encargadas de cumplir las atribuciones constitucionales de esa Comisión. Esta última propuesta aún no se ha abordado, pero la someteremos a estudio en los próximos días. Además, tenemos que escuchar a las bancadas y hacer lo propio con la Mesa de Unidad Nacional, y la idea es radicar la ponencia a más tardar el próximo lunes, para que esa semana se discuta y se vote.

 

TODO LISTO PARA QUE ARRANQUE DEBATE A REFORMA DE JUSTICIA Y PAZ

 

El proyecto tiene luz verde por cuenta del apoyo de la Mesa de Unidad Nacional.

A partir de la próxima semana la Comisión Primera de Cámara dará primer debate al proyecto de Acto Legislativo 94 de 2011 Cámara, por medio del cual se reforma la Ley de Justicia y Paz.

 El fin es “construir las herramientas jurídicas necesarias para que los procesos de desmovilización pasados, presentes y, eventualmente, futuros se hagan bien hechos en favor de la verdad”, explicó el senador Roy Barreras (Partido de La U), autor del proyecto y quien funge como presidente de la Comisión de Paz del Senado.

En tanto que el ponente para primer debate, el representante Carlos Edward Osorio, señala en la respectiva ponencia que “este es el principal objetivo del proyecto de acto legislativo: ser la hoja de ruta que posibilite a las fuerzas políticas y democráticas garantizar una transición legítima y responsable hacia la paz estable y duradera”.

De otra parte, según el parlamentario Barreras, el acto legislativo “resuelve el problema del limbo jurídico de los desmovilizados o el problema de más de 340 mil procesos acumulados que se demorarían 99 años en resolverse jurídicamente,  si no se priorizan los casos más graves”.

Barreras agregó que esta iniciativa, que en su concepto es clave para el futuro de la paz en Colombia, fue discutida ampliamente con diversos sectores. “Antes de la presentación la Comisión de Paz adelantó siete audiencias públicas y cuatro mesas de trabajo. Una vez radicado el proyecto se realizó ya la primera audiencia pública en la Comisión Primera de la Cámara y esperamos que tenga su primer debate en esa Comisión la próxima semana”, explicó.

 

 

 

Las debilidades de la Ley de Justicia y Paz y de su aplicación han sido señaladas por diversos organismos internacionales y del país. En mayo pasado el representante de la ONU en Colombia, Christian Salazar, pidió revisarla para garantizar los derechos de las víctimas y reclamó al Gobierno acabar con la impunidad.

Seis años después de la entrada en vigencia de la Ley de Justicia y Paz y luego de la desmovilización de 35.299 miembros de grupos paramilitares, apenas se han producido cuatro sentencias, de las cuales sólo una está en firme.

Se prevé que la iniciativa no tendrá mayores tropiezos en su aprobación en el Congreso, pues cuenta con el apoyo de la Mesa de Unidad Nacional. Así lo explicó hace algunos días el presidente Santos: “El proyecto que presentó el presidente de la Comisión de Paz del Senado, Roy Barreras, fue analizado y se le dio luz verde.

Eso lo requiere el país para solucionar una clase de problemas que tiene la Ley de Justicia y Paz”.

 

 Algunos cambios

 

La normatividad actual establece que no podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales, delitos de lesa humanidad o por narcotráfico en Colombia o en el exterior.

 El proyecto de Barreras propone que “cuando por iniciativa exclusiva del Gobierno nacional, así lo disponga el Legislador mediante la aprobación de la mayoría absoluta de los votos de los miembros de una y otra Cámara, esta disposición no se aplicará a los miembros de grupos armados organizados al margen de la ley que se desmovilicen en el marco de un eventual proceso futuro de paz con el Gobierno nacional, una vez cumplan con las sanciones a las que haya lugar”.

Sobre el particular la ponencia para primer debate indica que “con el fin de aclarar que las medidas en materia de restitución de derechos políticos de las personas desmovilizadas sólo aplicarán para eventuales procesos de paz futuros y por lo tanto no tendrán efectos retroactivos, en la ponencia se incluyeron las palabras ‘eventual’ y ‘futuro’”.

 

 

REVISTA SEMANA

 

FALLO SIMBÓLICO EN CONTRA LA VIOLENCIA SEXUAL EN CONFLICTO ARMADO

 

Cinco expertas internacionales, que fungieron como juezas, estudiaron siete casos de violencia sexual en el conflicto y emitieron un fallo simbólico para que no queden impunes.

Según las expertas internacionales, lamentablemente las pruebas aún recaen sobre la víctima.

Cinco expertas internacionales en violencia contra la mujer sentenciaron que la justicia colombiana ha sido incapaz de procesar los delitos sexuales que cometen los grupos armados ilegales en medio del conflicto armado y que estos quedan en la impunidad.

Este veredicto surgió de un Tribunal Simbólico compuesto por una chilena, una estadounidense, dos españolas, y una guatemalteca, que "condenaron" “la negligencia y tolerancia” con la que ha actuado la Justicia colombiana frente a este crimen.

El fallo simbólico de siete páginas hizo varias recomendaciones, entre ellas, reparar de forma integral a las víctimas, promover mecanismos eficaces de acceso a la justicia y crear una Comisión de la Verdad que reconstruya la memoria histórica de los delitos sexuales ocurridos en el país (Lea el fallo simbólico aquí).

El pronunciamiento fue entregado a las autoridades “como una forma para combatir la impunidad”, reiteraron las diferentes organizaciones de derechos humanos que convocaron a este tribunal, que el 26 de septiembre de 2011 estudió siete casos de violencia sexual que todavía siguen archivados en la justicia ordinaria.

 

Con anticipación, las expertas internacionales tuvieron acceso a los archivos de los casos y se entrevistaron con las víctimas. Durante la audiencia simbólica, los casos fueron presentados y revisados también por otras abogadas que dieron sus conceptos sobre las obligaciones internacionales del Estado.

“El Tribunal es simbólico pero la justicia en Colombia tiene que ser real”, dijo Julissa Mantilla, abogada de ONU Mujer, quien advirtió que si no se falla sobre estos casos “la impunidad envía un mensaje a los perpetradores de que sigan cometiendo estos delitos”. 

Según datos de la Unidad de Justicia y Paz, actualizados a julio de 2011, de los 29.879 crímenes confesados por los ex paramilitares en versiones libres, solo 55 corresponden a violencia sexual. Otros datos de la Fiscalía señalan que en Colombia hay denunciados 13.466 casos de desaparición de mujeres, siendo Antioquia, Valle y Cundinamarca los departamentos más críticos.

Sin embargo, hasta la fecha solo 133 cuerpos de mujeres han sido recuperados en fosas, principalmente en Antioquia, Putumayo y Magdalena.

Aunque desde 2005 en el país existe la Ley de Justicia y Paz, que obliga a los paramilitares desmovilizados a contar los crímenes cometidos, “muy pocos han confesado haber cometido crímenes de género”, dijo Cecilia Barraza, una vocera de la Corporación Humanas, una organización no gubernamental que documenta los crímenes cometidos por grupos armados ilegales y agentes del Estado en contra de mujeres.

Hasta el momento, dijo Barraza, quienes han reconocido algunos hechos son Rodrigo Tovar Pupo alias ‘Jorge 40’, ex jefe del Bloque Norte; Salvatore Mancuso, ex jefe del Bloque Catatumbo; Hernán Giraldo alias ‘El Viejo’, ex jefe del Frente Resistencia Tayrona del Bloque Norte, y Hébert Veloza alias ‘H.H.’, jefe del Bloque Bananero y del Bloque Calima.

 

La tragedia archivada

 

En la mayoría de los casos presentados, las víctimas, pese a haber sido amenazadas, denunciaron los hechos ante las autoridades pero la justicia archivó sus procesos. Las ignoró, les pidió pruebas y en los casos más dramáticos las acusó de ser las culpables de lo ocurrido

 

El primero de los casos conocidos en este tribunal, reconstruyó la tragedia de una madre del municipio de La Dorada, Putumayo, que perdió a cuatro de sus hijas que fueron abusadas sexualmente por paramilitares del Bloque Sur Putumayo de las Auc.

Según lo contó en la audiencia simbólica, su tragedia ocurrió el 1 de enero de 2001 cuando un grupo de paramilitares la obligaron a ella y a su familia a salir de su casa. “Me quitaron a mis hijas y me las mataron. Las autoridades no me ayudaron. (Los paramilitares) me amenazaron y después de diez años fui yo misma quien encontré los cuerpos en una fosa”, dijo la mujer.

El segundo caso agrupó tres historias de violaciones a mujeres en diferentes barrios y veredas de Antioquia.

En uno de ellos una sobreviviente narró cómo paramilitares del Bloque Cacique Nutibara de las Auc entraron a su vivienda, la secuestraron y agredieron sexualmente. Cuando la víctima fue a denunciar el delito, un policía le dijo: “Eso le pasa a las mujeres por estar en la calle”. Ante la zozobra la mujer huyó del barrio y hoy se encuentra desplazada.

El tercer caso documentó la forma cómo una población de mujeres indígenas del norte del Cauca fue sistemáticamente violada por guerrilleros de las Farc.

Según lo contado por varias víctimas, en 2010, un grupo de ellas denunció que las Farc las agredió sexualmente y luego asesinó a una integrante del cabildo por haberle vendido minutos de celular a miembros del Ejército.

“Las indígenas, afrodescendientes, campesinas y desplazadas somos las más vulnerables”, dijo una de las líderes ante el Tribunal.

El cuarto caso se refirió a la barbarie ocurrida en la rivera del río Cacarica, en Chocó, en donde una comunidad afrodescendiente fue desterrada por paramilitares del Bloque Bananero de las Auc. Según contó una líder en la audiencia simbólica, los ‘paras’ agredieron sexualmente a varias mujeres para sembrar el terror y quedarse con sus tierras, unas de las más fértiles del país por estar ubicadas en el Urabá colombiano.

Otros casos se refirieron a los crímenes cometidos por el Bloque Central  Bolívar-Sur Bolívar en el Magdalena Medio. Dos mujeres narraron cómo los paramilitares en Barrancabermeja, Santander, y Santa Rosa, sur de Bolívar, las esclavizaron sexualmente.

“El Estado no es solo responsable cuando es victimario sino también por falta de acción, prevención y judicialización de los casos de violencia sexual”, dijo la abogada Julissa Mantilla.

En su fallo simbólico, las juezas internacionales concluyeron que en Colombia existe una práctica sistemática de violencia sexual, “que se ha utilizado como un arma de guerra por todos los grupos armados (fuerza pública, grupos paramilitares y guerrillas) con el propósito de obtener réditos en el desarrollo de las hostilidades”. Los crímenes incluyen  violación, desnudez forzada, anticoncepción forzada, esclavitud sexual y embarazo forzado, delitos relacionados a su vez con otros crímenes como homicidio, desaparición forzada, secuestro y tortura.

 

OTRAS CONSECUENCIAS DE PROHIBIR EL ABORTO

 

La ponencia que se opone al proyecto que busca la prohibición del aborto advierte que de aprobarse la iniciativa, serían penalizados algunos métodos anticonceptivos, los procedimientos científicos de fertilización y hasta la eutanasia asistida.

Miércoles 28 Septiembre 2011PUBLICIDAD

l proyecto del Partido Conservador (avalado simbólicamente por más de dos millones de colombianos) que pretende que la Constitución proteja la vida desde la concepción hasta la muerte natural, podría tener mayores consecuencias que la de prohibir la práctica del aborto, hoy permitida legalmente (por sentencia de la Corte Constitucional) en tres casos específicos.

El proyecto tiene que derrotar una ponencia negativa, firmada por los senadores Roy Barreras (la U) y Luis Carlos Avellaneda (Polo) que alerta al Congreso sobre las múltiples consecuencias que tendría la aprobación de dicha iniciativa.

Según la ponencia, la redacción del proyecto de los conservadores podría abrir las puertas para sanciones penales a quienes recurran a las llamadas pastillas anticonceptivas del ‘día después’, que interrumpen el embarazo, y podría llevar a la cárcel a médicos y científicos que manipulen embriones en tratamientos de fertilización para mujeres infértiles, muchos de ellos poco exitosos.

Pero además la ponencia también advierte que las prácticas de eutanasia asistida, que son decisiones de los pacientes, se podrían ver prohibidas si se aprueba el proyecto.

 

Sanción a la píldora del día después

 

“Si a una niña adolescente la violan y decide tomarse una pastilla del día después, podría terminar en la cárcel, al igual que el médico que le haya recomendado tal tratamiento”, explica el senador Barreras.

Esta tesis ha sido muy controvertida por uno de los defensores de la prohibición del aborto, el procurador general de la nación, Alejandro Ordóñez, quien en una reciente declaración a los medios advirtió que tras una demanda que le interpusieron, por sus posiciones contra el aborto, estarían detrás las empresas farmacéuticas que importan a Colombia esta píldora.

 

Las fecundaciones asistidas

 

Los actuales procedimientos científicos destinados a ayudar de forma artificial a la fecundación para lograr embarazos deseados se podrían ver afectados si se aprueba el proyecto contra el aborto.

Así lo advierte la ponencia que pide archivar la iniciativa al mencionar que la fecundación in vitro, por ejemplo, o las transferencias de embriones, pues según la redacción de la iniciativa “toda la manipulación de embriones podría quedar fuera de la ley”.

 

Según Barreras, médico de profesión, los procedimientos médicos que en diferentes etapas contribuyen a la realización de la vida humana no pueden omitir los riesgos científicos. Recordó que aunque la medicina ha avanzado, las posibilidades de éxito de estas técnicas no superan el 40 por ciento.

Por eso advierte que en los casos en los que no se cumple el propósito de dar vida humana “los ordenamientos jurídicos no pueden pretender, bajo el deber de protección de la vida, consagrar normativamente una negación de la ciencia por el respeto del derecho a la vida”.

 

La eutanasia

 

Como el texto del proyecto establece que el derecho a la vida será protegido “hasta la muerte natural”, quedarían prohibidas las formas de “eutanasia pasiva” o del derecho a morir dignamente.

Aunque sobre este tema no hay mayor regulación, los autores de la ponencia que buscan el archivo del proyecto coinciden en que la Constitución colombiana consagra los principios de respeto y protección de la dignidad humana.

“La dignidad humana... es en verdad principio fundante del Estado,... que más que derecho en sí mismo, es el presupuesto esencial de la consagración y la efectividad del entero sistema de derechos y garantías contemplado en la Constitución”, dicen los autores de la ponencia negativa.

Con este argumento, Barreras y Avellaneda explican que “es inconcebible pregonar una cabal protección del derecho a la vida, si la misma no está siendo llevada por el titular del derecho, con calidad, en condiciones dignas que garanticen la integridad personal y el pleno disfrute y goce del mismo”.

Y agregan que impedir la eutanasia iría en contra de varios artículos de la Constitución: “Condenar y, en cierto modo, obligar a una persona a prolongar sus sufrimientos y dolencias derivadas de una enfermedad terminal que le genera dolores insoportables y degradantes, cuando esta no lo desea, constituye además de un flagrante menoscabo y atropello de su dignidad, una clara violación al derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la autonomía personal, a la libertad de conciencia, y a su vez constituye un flagrante trato cruel, inhumano y degradante; violación grave de los derechos humanos, prohibida en el Artículo 12 de la Constitución Política, en el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 5, numerales 1 y 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos”.

 

Los que defienden la prohibición

 

La otra ponencia que acompaña el proyecto, la que pide su aprobación, es de autoría del senador Manuel Enríquez Rosero (la U), quien controvirtió que el proyecto busque “semejantes alcances”. Todo lo contrario, su único propósito es garantizar el derecho a la vida y que la carta política así lo proteja.

Según Enríquez Rosero, “hay temas superados”, por ejemplo, la discusión sobre la malformación genética del feto o el riesgo de muerte de la madre, que, a su juicio, no debería ser causa permitida y legal para la interrupción del embarazo. “Afortunadamente la medicina ha avanzado mucho y ya hay tratamientos que permiten garantizar la vida de la madre y enfrentar inconvenientes genéticos”.

Sobre los casos de violación, el ponente dice que el proyecto no pretende castigar a una mujer que haya sido vulnerada en sus derechos, pero advierte que “lo que no se puede pensar es que un trauma tan nefasto como la violación se pueda superar con un trauma peor como matar a un ser indefenso que tiene derecho a nacer”.

La discusión sobre el aborto seguirá siendo objeto de estudio por la Comisión primera del Senado. Allí se pronunciarán sobre el tema médicos y científicos y el próximo 4 de octubre se podría votar la iniciativa.

 

La posible votación

 

El proyecto contra el aborto es una reforma constitucional. A diferencia de cualquier ley ordinaria, requiere ocho debates para su aprobación.

En cada debate (cuatro en comisiones primeras de Senado y Cámara, y cuatro en plenarias de ambas corporaciones) se necesita mayoría calificada, es decir, la mitad más uno del quórum total de la correspondiente instancia.

Para este primer debate, la Comisión Primera del Senado está integrada por 18 senadores. El proyecto necesita mínimo 10 votos para que se apruebe la iniciativa. Allí hay cinco senadores de la U, cuatro del Partido Conservador, cuatro del Partido Liberal, dos del Polo Democrático, dos del PIN y uno del Partido Verde.

Los cuatro senadores del Partido Conservador (Roberto Gerlein, Hernán Andrade, Juan Manuel Corzo y Eduardo Enríquez Maya) votarían a favor de la iniciativa, pues es bandera del partido.

Los cuatro liberales (Juan Fernando Cristo, Jesús Ignacio Valencia, Luis Fernando Velasco y Juan Manuel Galán) votarían en contra del proyecto, más aún cuando en un comunicado oficial, el jefe del Liberalismo, Rafael Pardo reiteró que la postura será la de respaldar el sentido del fallo de la Corte Constitucional que permite la práctica del aborto en tres casos específicos.

Los dos senadores del Polo (Parmenio Cuéllar y Luis Carlos Avellaneda) también votarán en contra del proyecto.

La decisión quedaría en manos de la U, específicamente, pues es el único partido que no tiene postura definida. Roy Barreras es autor de la ponencia en contra del proyecto, mientras que Manuel Enríquez es el de la favorable. Los otros tres senadores podrían inclinar la balanza en algún sentido (Juan Carlos Vélez Uribe, Carlos Soto y Karime Mota).

Jorge Londoño, del Partido Verde, ha sido en varias oportunidades cercano a la postura liberal. El PIN no tiene postura definida y el voto de Juan Carlos Rizzetto y hemel Hurtado también se haría decisivo.

 

De momento las cargas estarían equilibradas.